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“La candidatura de Uñac es más que válida”

La Corte Suprema de Justicia emitió una medida cautelar en la que sí suspendió las elecciones en San Juan, pero sólo en las categorías de gobernador y vicegobernador. ¿La corte tiene o no competencia para realizar esta acción? ¿La Constitución Provincial le impide a Sergio Uñac ir por una nueva  candidatura? ¿Cuál es el alcance que tiene la Corte interviniendo en una elección provincial para el federalismo argentino? ¿Qué otros intereses puede haber? Todo esto y más en la nota.

El pasado martes 9 de mayo, a sólo 5 días de las elecciones en San Juan, obviando el dictamen del Tribunal Electoral de San Juan, la Corte Suprema de Justicia anunció una medida cautelar en respuesta a las apelaciones presentadas por los partidos de oposición, que argumentaban que la Constitución provincial no permitía la renovación de su mandato. Federico Sanna, Doctor en Abogacía y docente de la Universidad Nacional de San Juan visitó los estudios de Radio Comunitaria La Lechuza para abordar el tema.

La oposición viene repitiendo y utilizando como argumento los fallos implementados en otros casos, por ejemplo en Santiago del Estero, La Rioja y Río Negro. Además, los medios nacionales hicieron eco de esos fallos. Sin embargo, “en el caso de San Juan, puntualmente en el artículo 175 de la Constitución provincial, no está presente la prohibición de sucesión recíproca, en otras palabras, no explicita que el mandato de vice se cuenta o se acumula como el cargo de gobernador”, explicó Sanna.

¿Qué cambió en la Constitución provincial?

Recordemos que en 2011 se llevó a consulta popular la reforma de la Constitución provincial en San Juan y el Art. 175 sufrió una modificación en la que una oración del mismo desapareció. “La oración que sacaron, por ejercicio del poder constituyente por el pueblo en consulta popular fue la que igualaba el cargo de gobernador y vicegobernador. Es así que hoy, 2023, los puestos políticos son distintos, por lo tanto, la candidatura del actual gobernador Sergio Uñac es más que válida”, aseveró el abogado.

En palabras del especialista “el Poder Ejecutivo es unipersonal, el gobernador es titular del mismo. Mientras que el vicegobernador es quien lo reemplaza en algunos momentos excepcionales, por lo tanto, este último no pertenece al Poder Ejecutivo, sino que es el presidente de la Cámara de Diputados del Poder Legislativo”.

Las opciones de la Corte

Para Sanna, la Corte Suprema de Justicia puede resolver: 1. Bajarle la candidatura de Sergio Uñac, sin respetar el federalismo ni la Constitución provincial. 2. Declarar inconstitucional la reforma de la Constitución provincial del 2011 -ambas opciones dañarían de manera severa el sistema democrático-. 3. Deja que Uñac se presente como candidato.

 

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